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miércoles, 9 de diciembre de 2009

Actualidad Política

Beagle: Entre la Paz y la Soberanía

El conflicto del Beagle cuyos antecedentes están relacionados con otros de más antigua data, que hoy a tomado actualidad con la visita de la presidente y comitiva al Santo Padre, se remontaba a más de cien años de disputa y tuvo solución pacífica, finalmente, en 1984, cuando el gobierno argentino, tras una consulta popular, aceptó la propuesta de la Santa Sede, siguiendo los lineamientos de la propuesta de Su Majestad Británica, que otorgó las tres islas a Chile, siendo la Argentina quien contribuyó en mucha mayor medida a dicha solución pacífica.
Para la Argentina el diferendo con Chile no era una cuestión que involucrara solamente el área insular en disputa, sino que indirectamente comprende las islas Malvinas. Para Inglaterra era un objetivo debilitar geopolíticamente la posición argentina en cuanto conflicto limítrofe tuviere, en especial el Atlántico Sur.
Asimismo, es útil recordar que cuando en 1833 Gran Bretaña usurpa violentamente las Malvinas, nuestra cancillería lo informa a todos los gobiernos sudamericanos. Chile permanece callada, no obstante, estar obligada a solidarizarse, por el Tratado de “Amistad y Alianza” firmado entre los dos países en 1826.
Nuestro país ha valorizado la paz en distintos conflictos que tuvo con sus similares limítrofes y ha cedido territorio en diversas oportunidades, sin olvidar que ha contribuido, con su mediación, a la paz de países vecinos.
De modo que la paz para el pueblo argentino tiene un valor superlativo como se ha demostrado, y en el caso del Beagle lo puso de manifiesto en la decisión del pueblo y la de sus gobernantes que no quisieron pasar a la historia como ganadores de una guerra.
Sin embargo, hay que separar los conceptos que en aquella oportunidad se mezclaron, confundiendo, y aún persiste esa confusión, entre la paz, la soberanía y los sentimientos espirituales.
Ya hemos visto que imperó en pueblo y gobierno el valor de la paz, pero la Argentina decididamente resignó soberanía, dando por tierra algunos principios básicos como el bioceánico y la división oceánica del Cabo de Hornos, que hoy no sugiere ningún conflicto, pero no sabemos si Chile, en un futuro, pretenderá territorios argentinos que dan cara hacia el Océano Atlántico. Desde todos los tiempos doblar en el Cabo de Hornos era y es para los marinos cambiar de océano. Además la Propuesta introduce confusión llamando a los océanos Mar Austral, cuando este mar no existe.
El laudo papal asigna validez al Tratado de Límites de 1881 y deja de lado el Protocolo Adicional y Aclaratorio de 1893 y los Pactos de Mayo de 1902, cometiendo el mismo error que Su Majestad Británica. En realidad fue un error o una decisión influenciada por la adhesión que Chile profesaba a los actos que Inglaterra tomaba en materia internacional y, especialmente, en las cuestiones con la Argentina.
El Protocolo del 93, cuyo título es Adicional y Aclaratorio del Tratado de Límites de 1881, es justamente eso, adicional y aclaratorio, porque agrega cláusulas y aclara conceptos y disipa dudas, y si se firmó entre las dos partes sería porque era necesario establecer claramente ciertos principios fundamentales asentados en el Tratado de 1881 que no estaban claros. Todos los instrumentos (1881, 1893 y 1902) constituyen un todo y son ley suprema de la Nación de acuerdo a normas constitucionales.
Es sabido que la política se inmiscuye en todos los ámbitos, aún en aquellos que están cobijados con el manto de la espiritualidad. ¿A qué viene esta reflexión? A que el Vaticano, como que es un Estado en el concierto internacional, está ligado al resto del mundo por intereses políticos y materiales. Dice Osiris Villegas: “La contrapartida religiosa de la convalidación del Laudo Británico salió a la luz el 16 de enero de 1982, cuando Juan Pablo II anunció su viaje al Reino Unido, expresando «espero que mi visita sirva a la causa de la aproximación entre la Iglesia Católica Romana y la Comunidad Mundial Anglicana –a la que pertenece también la Iglesia Episcopal de los Estados Unidos– y que acelere la tan deseada unión». ”No podemos omitir en este comprimido análisis, el rol que Chile cumple en la estrategia británica como país de complemento y, seguramente usufructuario en alguna medida de la política inglesa en el Atlántico Sur y su proyección hasta la Antártida. Política que involucra, como consecuencia de una revalorización del área en disputa, la explotación futura de los recursos naturales existentes, o sea petróleo y proteínas. Las actitudes y el accionar de la política trasandina en la región, ostensible respecto a las Malvinas, islas australes y boca oriental del Estrecho de Magallanes, todo en jurisdicción argentina, pone en evidencia el entendimiento chileno–británico, en nuestro detrimento. Llevar al ámbito religioso un tema que es esencialmente terrenal y de intereses para dos naciones, es comprometer, en el caso argentino, a todo un pueblo que tiene sentimientos católicos y está consustanciado con la Fe cristiana”.
El Tratado de 1881 fue “un acuerdo sin mapa” y dice así: Artículo 1º: El límite entre la República Argentina y Chile es, de Norte a Sur hasta el paralelo 52º de latitud, la cordillera de los Andes. La línea fronteriza correrá en esa extensión por las cumbres más elevadas de dichas Cordilleras que dividan las aguas y pasará por entre las vertientes que se desprenden a un lado y otro. (...)
Artículo 2º: En la parte Austral del Continente y al Norte del Estrecho de Magallanes el límite entre los dos países será una línea que, partiendo de Punta Dungeness, se prolongue por tierra hasta Monte Dinero; de aquí continuará hacia el Oeste siguiendo las mayores elevaciones de la cadena de colinas que allí existen hasta tocar en la altura de Monte Aymond. De este punto se prolongará la línea hasta la intersección del meridiano 70º con el paralelo 52º de latitud y de aquí seguirá hacia el Oeste coincidiendo con este último paralelo hasta el divortia aquarum de los Andes. Los que quedan al Norte de dicha línea pertenecerán a la República Argentina, y a Chile los que se extiendan al Sur sin perjuicio de lo que dispone respecto de la Tierra del Fuego e islas adyacentes.
Artículo 3º: En la Tierra del Fuego se trazará una línea que, partiendo del punto denominado Cabo del Espíritu Santo en la latitud 52º 40 minutos, se prolongará hacia el Sur, coincidiendo con el meridiano occidental de Greenwich, 68º 34 minutos, hasta tocar el canal de Beagle. La Tierra del Fuego dividida de esta manera, será chilena en la parte occidental y argentina en la parte oriental. En cuanto a las islas pertenecerán a la República Argentina la isla de los Estados, los islotes próximamente inmediatos a ésta y las demás islas que haya sobre el Atlántico al oriente de la Tierra del Fuego y costas orientales de la Patagonia; y pertenecerán a Chile todas las islas al Sur del canal de Beagle hasta el Cabo de Hornos y las que haya al occidente de la Tierra del Fuego.
Otro de los instrumentos fundamentales para demostrar el derecho que la Argentina le asistía sobre los territorios insulares en litigio en el Atlántico Sur, es el “Protocolo Adicional y Aclaratorio del Tratado de Límites del 23 de Julio de 1881”, firmado en Santiago de Chile el 1º de mayo de 1893.
Artículo1º: Estando dispuesto por el artículo 1º del Tratado del 23 de julio de 1881, que el límite entre Chile y la República Argentina, es de norte a sur hasta el paralelo 52º de latitud, la cordillera de los Andes y que la línea fronteriza correrá por las cumbres más elevadas de dicha cordillera que dividan sus aguas y que pasará por entre las vertientes que se desprenden a un lado y otro, los peritos y las subcomisiones tendrán este principio por norma invariable de sus procedimientos (...)
Artículo 2º: Los infrascritos declaran que, a juicio de sus Gobiernos respectivos, y según el espíritu del Tratado de Límites, la República Argentina conserva su dominio y soberanía sobre todo el territorio que se extiende al oriente del encadenamiento principal de los Andes, hasta las costas del Atlántico, como la República de Chile el territorio occidental hasta las costas del Pacífico, entendiéndose, que, por las disposiciones de dicho Tratado, la soberanía de cada estado sobre el litoral respectivo es absoluta, de tal suerte que Chile no puede pretender punto alguno hacia el Atlántico, como la República Argentina no puede pretenderlo hacia el Pacífico. (...)
De la simple lectura de algunos artículos de estos dos instrumentos, aún para el lego, queda claro que el límite de los dos países es las cumbres más elevadas de la cordillera de los Andes y la divisoria de las aguas, por una parte y, por la otra, que Chile no puede pretender punto alguno sobre el Atlántico como la Argentina sobre el Pacífico. Asimismo que son de propiedad de la Argentina las demás islas que haya sobre el Atlántico al oriente de la Tierra del Fuego y pertenecerán a Chile todas las islas al Sur del canal de Beagle hasta el Cabo de Hornos y las que haya al occidente de la Tierra del Fuego. Estos son los principios jurisdiccionales sobre los que se debe asentar cualquier tratado de límites. Sin embargo no fue así.
Enrique de Gandía en su intervención en la obra sobre la vida de Arturo Frondizi, nos dice con una claridad meridiana: “La cuestión del canal de Beagle es clara. Los pactos firmados con Chile establecieron muy bien que serían chilenas las tierras e islas situadas al sur del canal de Beagle y se hallasen frente al océano Pacífico, y que serían argentinas las islas y tierras que mirasen al Atlántico. El canal de Beagle termina donde realmente termina el canal, o sea, donde tiene dos costas. Es elemental repetir que un canal, para que sea considerado canal, tiene que tener dos costas. Si tiene una sola costa, no es un canal, es una costa. Más simple, imposible. Pues bien: el canal deja de ser canal al oeste de las tres islas. Estas se hallan al sur de una costa norte y frente al océano Atlántico. Conforme a los tratados existentes entre la Argentina y Chile, las islas Picton, Lenox y Nueva son argentinas”.
Podemos preguntarnos si la Argentina procedió bien en esa oportunidad. Creemos que la decisión final estuvo acertada en el sentido de evitar una posible guerra con un país limítrofe –porque como dijo Alberdi la guerra es un crimen–, pero no podemos negar que la actuación diplomática argentina en muchos pasajes de las negociaciones dejó mucho que desear. Pero de todos modos lo que cuenta es el resultado final de la negociación y ésta fue beneficiosa para nuestro país, aún a costa de soberanía. Pero en un mundo globalizado en donde los intereses internacionales juegan un papel preponderante, el destino de la Argentina en el sector austral está altamente comprometido y será el futuro quien determine si la decisión argentina, definitivamente, fue acertada. Lo que sí es incuestionable es que hay que decirles a las generaciones actuales, que en aquel momento de la decisión se confundieron la paz con la soberanía.

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